Categoría: Carretera
Fecha: Miércoles 21 de Septiembre de 2011
La compleja historia de este tramo vial que tiene financiación por mas de $20.000 millones que estan pendientes de ser transferidos por el Ministerio de Transporte a Inficaldas una vez se aclare la normatividad sobre Vigencias Futuras (mecanismo mediante el cual se asignó el recursos para Caldas por nuestro Ministro de Hacienda hace 2 años)
Fotografía 1: luis alberto giraldo fernandez (ex- alcalde de marquetalia)
En junio de 2009 se emitió documento CONPES 3589 (adjunto), donde se asignan recursos de la Nación para ejecutar el Plan Vial del Departamento de Caldas por una suma de $140.000.000.000 con el objeto de Pavimentar 12 tramos viales entre ellos el tramo Samaná - Cañaveral con una suma aproximada a los $21.000 millones. El 5 de noviembre del mismo año, el Ministerio de Transporte y el Instituto de Financiamiento, Promoción y Desarrollo de Caldas INFICALDAS suscribieron el Convenio Interadministrativo No. 109 de 2009 cuyo objeto es transferir recursos para el proyecto mejoramiento y mantenimiento de vías en el Departamento de Caldas – Plan Vial de Caldas. En cumplimiento de lo previsto en las obligaciones específicas del Convenio citado anteriormente, INFICALDAS incorporó los recursos materia del acuerdo celebrado con el Ministerio de Transporte en el presupuesto anual del 2010. Desde diciembre 2009 hasta mayo 2010 se estructuró financiera y técnicamente la inversión, supervisada por el Ministerio de Transporte, se elaboraron los estudios de los tramos mas cortos y se diseñaron los pliegos de las licitaciones públicas de los 12 tramos divididos en tres grupos según el tamaño y complejidad de las obras, las vías del oriente de Caldas corresponden a Grupo III (entre estas vías estaba Cañaveral – Samaná que se pretendia realizarle estudios dentro del contrato de obra, buscando agilizar la licitacion), se publicaron Prepliegos el 2 agosto de 2010 bajo la Licitación Pública LP-INFICALDAS-015-2010 para pavimentar ese tramo que es el mas grande de los 12. A mitad de agosto de 2010, Con el cambio de Gobierno Nacional y el ingreso de un nuevo Ministro de Transporte - German Cardona se exigió que se suspendieran los trámites de las todas las licitaciones hasta tener el 100% de estudios y diseños en fase III (definitivos); la contratación de este tramo vial pretendía incluir aparte de las obras el diseño definitivo de la misma, por lo que dicha Licitación no pasó a Pliegos y se inició la contratación y elaboración de estudios y diseños para la vía a Samaná. El Ministerio de Transporte exigió además que se produjera una nueva ordenanza por parte de la Asamblea Departamental de Caldas para usar el recursos transferido por la Nación en posteriores vigencias anuales, pues las obras superarían el año 2010. Una vez se tuvieron los diseños definitivos (fase III) de la vía en julio de 2011 se inició en nuevo proceso licitatorio, mediante Resolución No. 141 del 2 de agosto de 2011 se apertura la licitación No. LP-INFICALDAS-018-2011, con el objeto de contratar LA RECONSTRUCCIÓN, PAVIMENTACIÓN Y/O REPAVIMENTACIÓN, EN EL TRAMO VIAL CAÑAVERAL – SAMANA, cuya disponibilidad presupuestal fue dada por INFICALDAS con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No.000798 del 29 de junio de 2011, por un valor de $10.120.385.432.50 para el año 2011, y el mismo valor ($10.120.385.432.50) para la vigencia futura 2012, autorizada mediante la Ordenanza 665 de 2010 (ADJUNTA), recursos provenientes del Convenio interadministrativo suscrito entre el Ministerio del Transporte e Inficaldas. En el Comité Técnico de seguimiento al Convenio Interadministrativo No. 109 de 2009, suscrito entre el Ministerio de Transporte e INFICALDAS llevado a cabo el día 25 de agosto del año 2011, se trató y analizó el tema relacionado con las vigencias futuras que financian el Plan Vial Departamental de Caldas y el alcance de la sentencia 0559 del pasado 14 de julio proferida por el Consejo de Estado; en dicho Comité los representantes del Ministerio de Transporte, manifestaron su preocupación, por cuanto luego de la expedición de dicha sentencia, aún no se tiene claridad sobre los términos y condiciones a seguir en aquellos procesos licitatorios en donde con autorización de los Entes Territoriales se comprometieron vigencias futuras y por lo tanto recomendó la suspensión de la Licitación hasta que se cuente con alguna pauta por parte de alguna de las Entidades competentes, sobre este tema en particular. Por lo anterior, se consideró pertinente suspender la Licitación Pública LP-INFICALDAS-018-2011, hasta tanto se tenga claridad sobre los términos y condiciones a seguir en aquellos procesos licitatorios en donde con autorización de los Entes Territoriales se comprometieron vigencias futuras. El día de mañana jueves 22 de septiembre de 2011 se realizará una reunión en el ministerio de transporte para hablar exclusivamente de esta licitación de Samaná, y definir si basados en la sentencia 0559 del pasado 14 de julio, se puede continuar o no con los tramites de la Licitación Pública LP-INFICALDAS-018-2011 “RECONSTRUCCIÓN, PAVIMENTACIÓN Y/O REPAVIMENTACIÓN, EN EL TRAMO VIAL CAÑAVERAL – SAMANÁ”... Esperamos que el resultado favorezca continuar con el proceso que estaba muy adelantado, de poderse continuar se adjudicaría la obra a una firma constructora en un par de semanas, y se deberían dar acta de inicio al contrato en cerca de un (1) mes, le que permitiría ver obras antes de terminar el presente año.
Fotografía 2: luis giraldo
Fuente: www.samanacaldas.net.co. [479]
Autor: LUIS ALBERTO GIRALDO FERNANDEZ (Ex- Alcalde De Mar
Cantidad de Impresiones: 465
Editado Por: Cristian Giovanny Toro Sánchez.
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